La Municipalidad de San Andrés de Giles advierte a los vecinos que no pueden podar, talar o dañar árboles de las veredas sin autorización previa, según lo establece la Ley Provincial N° 12.276 y la Ordenanza Municipal N° 1.635.
¿Qué dice la normativa?
- Prohibido extraer, podar o mutilar árboles sin permiso. Quienes lo hagan podrán ser sancionados con multas.
- Si las raíces levantan las veredas, se debe solicitar solo poda de raíces, sin afectar el resto del árbol.
- En casos de tala autorizada, el vecino debe reponer la misma cantidad y especie de árboles.
- Las solicitudes de poda, extracción o plantación deben gestionarse en la Dirección de Ambiente (Maipú 861, de 8 a 13 hs).
¿Por qué es importante?
El arbolado urbano mejora la calidad de vida, reduce el calor y embellece la ciudad. Su cuidado es responsabilidad de todos. Para evitar multas, la municipalidad recuerda a los vecinos que antes de actuar deben consultar y contribuir al cuidado del medio ambiente.
Para más información, pueden comunicarse con la Dirección de Ambiente, ubicada en Maipú 861 (8 a 13 hs).






