A raíz de la sequía que afecta a la provincia de Buenos Aires, el gobernador Axel Kicillof firmó el decreto 1943/22 que declara el estado de emergencia y desastre agropecuario en 33 municipios, entre los que se encuentran San Andrés de Giles, Luján, Mercedes, Exaltación de la Cruz y Carmen de Areco.
A través de esta normativa se establece que aquellos productores que hayan visto afectado entre el 50% y el 79% de su producción o capacidad de producción, tendrán una prórroga del pago del impuesto Inmobiliario Rural, correspondiente al inmueble destinado al desarrollo de la actividad agropecuaria.
Por su parte, quienes hayan sufrido una afectación de entre el 80% y 100% de su producción o capacidad de producción entran en la categoría de desastre agropecuario y serán eximidos del pago del impuesto rural, en proporción al porcentaje de la afectación de la explotación.
Luego de que el gobierno provincial anunciara esta medida, la Municipalidad confirmó que ayudará a completar las declaraciones juradas de los productores agrícola ganaderos que necesiten ser incluidos en el decreto.
Quienes deseen realizar el trámite deben acercarse de 9 a 12 a la sede de la Sociedad Rural – Mitre 212 -con la identificación del campo y la nomenclatura catastral. En el caso de los arrendatarios, se deberá llevar el contrato de alquiler.





