Estimados lectores, me presento soy el Dr. Julio Cesar Urga, del Estudio Jurídico Langone-Urga, de la ciudad de Chivilcoy, en la presente nota abarco un tema muy particular y que suelen realizarme varias consultas en nuestro Estudio, y es un secreto a voces, que el empleado generalmente desconoce. Por ejemplo, si usted sufre un accidente de trabajo siendo docente, policía, o miembro del poder judicial, no solo cobrará la indemnización que se acuerde o en Superintendencia de Riesgos del Trabajo, o en sede judicial. Sino que además puede percibir la indemnización que prevé, el seguro colectivo que usted viene contratando desde hace tiempo, sin saber o dando por alto el significado y alcance del seguro extra contratado.
El tema no es menor, ya que como mucha gente en la zona sabe, a lo largo de los últimos 365 días hemos trabajado conjuntamente con más de 200 clientes accidentados, y ninguno de ellos sabía el alcance de su seguro contratado. Quiero aclarar, que no tiene ninguna vinculación con ART (otro tema no menor) porque la gente suele pensar que si realizó un inicio por accidente de trabajo contra ART, no puede reclamar el seguro contratado, y esto es un error grosero, que por desconocimiento muchas veces suele hacerles perder dinero.
Sepan que los empleados en relación de dependencia (privados y públicos), tienen varios descuentos en su recibo de haberes, entre ellos los siguientes rubros: “Seguros Colectivo de Vida” y/o “Seguros de Accidentes Personales” y, no saben para que existen los mismos o cuáles son sus coberturas como les venía relatando. Motivo por el cual hablaré de estos seguros, en forma terrenal y sin muy palabras técnicas que los confundan, ya que la idea de la columna es la claridad y contundencia a fin de que ustedes puedan acceder a información importante que desconocen.
Siguiendo lo dicho, es que aporto las funciones de estos seguros colectivos:
• Se trata de un seguro temporal, es decir cubre siempre y cuando la persona esté trabajando en forma efectiva:
• Cubre las siguientes contingencias: Fallecimiento, Lesiones físicas por accidentes, Enfermedades (Anexo Seguro de Vida del cónyuge y cobertura solamente de lesiones por accidente).
• Una vez que la persona se jubila, tiene menos de 65 años y posee afecciones físicas de relevancia, puede gestionar el seguro por enfermedad.
• El capital Asegurado siempre es un múltiplo de 20 sueldos, con tope, el cual se determina anualmente (en los recibos de sueldos o coulin de Enero a Marzo en el pie de página suele notificarles la actualización de capital asegurado y topes).
Lo primero a tener en cuenta es verificar requisitos formales para poder avanzar, entre ellos descuento de primas, edad, entre otros. Tener muy en cuenta la prescripción, es decir la pérdida del derecho a reclamar, por la falta de interés por un tiempo prolongado que prevé el Código Civil y Comercial, para cada acción.
Si cumplimos con dichos requisitos, recomendamos realizar consulta con galenos especializados, -o al menos así lo hacemos nosotros con nuestros clientes- con el fin de saber, si de realizar un examen preliminar del estado de salud del cliente y finalmente, se pacta una entrevista médica en nuestras oficinas donde se completa el trámite de inicio.
Una aclaración importante, es que dichos descuentos muchas veces figuran como códigos, los empleados públicos, entre ellos docentes, penitenciarios, policías, judiciales, mediante distintos códigos poseen dichos descuentos, que durante toda su carrera le retuvieron y nunca supieron para que sirven. Bueno ya no. Ahora saben para que sirven y como utilizarlos. Espero que esta información le sea de utilidad.
Julio César Urga
Estudio Langonne – Urga
Tel: 2346 481084
Chivilcoy



