En la presente columna trataré la problemática laboral, en virtud a la incertidumbre generada en la población sobre ¿Cómo será el final de la doble indemnización laboral? El terreno es árido al respecto, a la medida le falto incluir a trabajadores, como los del campo o la construcción, pero también a los empleados y ejecutivos de empresas controladas por el Estado.
Cabe aclarar, que la medida buscaba frenar la ola de despidos incesantes que acontecían en todo el país, motivada por la caída en la actividad y en el consumo. Hoy el Gobierno de turno es más optimista y cree innecesario extender la medida más allá de los 180 días que prevé el decreto 34/2019. Se intuye que, como no hay mayores reclamos sindicales en medio del inicio de negociación de paritarias, y que los sueldos se han venido recomponiendo, no es necesario prolongar la vigencia de la doble indemnización para proteger el empleo privado.
Pero es lógico, que como abogado laboralista me pregunte: ¿Qué pasará el día 181, cuando se retome el esquema indemnizatorio tradicional? Considero humildemente que, en la actualidad, si el patrón desea despedir a un empleado, lo piensa varias veces, ya que el costo es alto, y generalmente conviene postergar la decisión. Tengamos en cuenta, que la gran mayoría de empresas en Argentina son Pymes y las mismas, no han tomado la decisión de despedir durante este período por el incremento de costos que ocasionaba la doble indemnización. Obviamente la contracara a la doble indemnización, es el retraso en la toma de nuevo personal, a pesar de que los nuevos empleados no se encuentran afectados por la medida.
Personalmente considero, que la doble indemnización, reivindica la protección que se le debe otorgar a los trabajadores en momentos de crisis como los actuales, que nos remontan a aquella fatídica época que abarco enero de 2002 donde se aplicó idéntica medida por 180 días y se prolongó con modificaciones, siendo en julio de 2004 el recargo de 100% que se redujo al 80%, y en 2005 el monto bajó al 50% adicional. La ley rigió hasta septiembre del 2007, cuando Néstor Kirchner dictó el decreto 1.224 que consideró que era innecesaria su prórroga por haber bajado el nivel de desempleo general a menos del 10%.
Retomando la actualidad, el problema es que, con la confirmación de que la medida no será prorrogada, su efecto se termina automáticamente el próximo 11 de junio. Considero que quienes tenían planeados despidos en los próximos meses de empleados de mucha antigüedad, seguramente aguarden a junio para ver si se cumple el anuncio que hizo el ministro Moroni. Nuevamente considero que, la mejor forma de reactivar el mercado laboral, no es una doble indemnización, sino que por el contrario se debe alivianar al patrón por al menos algún tiempo de contribuciones, al menos ese sería un buen inicio para atacar el núcleo del problema ocupacional. Solo el tiempo nos dirá, si la historia se repite o por el contrario la medida cumple su real función y opera como un remedio curativo, ante la ola de despidos.
Dr. Emmanuel Langone
ABOGADO
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INDEMNIZACIONES – DEFENSAS PENALES



