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Kicillof habilitó instrumentar las nuevas excepciones y protocolos del aislamiento

El Gobernador Axel Kicillof firmó este domingo el decreto para la instrumentación de las nuevas actividades exceptuadas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Según establece el artículo 3 de la Decisión Administrativa 524 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, la Provincia tiene a su cargo la implementación y […]

El Gobernador Axel Kicillof firmó este domingo el decreto para la instrumentación de las nuevas actividades exceptuadas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Según establece el artículo 3 de la Decisión Administrativa 524 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, la Provincia tiene a su cargo la implementación y el cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción.

El decreto establece que la Provincia debe determinar cómo se implementan las excepciones autorizadas a partir de estrictos protocolos sanitarios. Para ello, los municipios deberán presentar su petición ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la provincia de Buenos Aires y solicitar la tramitación establecida. El objetivo de este procedimiento es determinar que en cada distrito se atienda la situación epidemiológica local y las características propias del partido, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus.

Cada municipio comunicará los protocolos a seguir para poner en marcha la actividad exceptuada y la Provincia evaluará la razonabilidad dentro de lo establecido por el Gobierno Nacional.

En lo que refiere a las actividades que han sido solicitadas pero aún no han sido aprobadas por el Gobierno Nacional, la Provincia está a cargo de las consultas para la inclusión y la aprobación de los protocolos sanitarios correspondientes que deberán ser aplicados en los municipios que las hayan solicitado.

Las 11 nuevas excepciones: 

  • Los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos. Se trata de los Rapipago y Pago Fácil, de los que hasta ahora funcionaban únicamente los que estaban dentro de algún local habilitado, como los kioscos.
  • Las oficinas de rentas de provincias, municipios y de CABA, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  • Lo mismo corre para los registros nacionales y provinciales, como los de Automotor o de la Propiedad Inmueble.
  • La venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios podrán abrir sus puertas al público.
  • La atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  • Los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  • Las ópticas, con sistema de turno previo.
  • Los peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos.
  • Los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
  • La producción para la exportación, siempre con autorización previa del ministerio de Desarrollo Productivo, que encabeza Matías Kulfas.
  • Lo mismo para la reactivación de “procesos industriales específicos”, que también deberán contar con la autorización del ministerio de Kulfas.

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