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Nuevos demorados por tenencia de drogas ¿Qué dice la ley?

El fin de semana gilense tuvo como novedad diversas detenciones por tenencia de estupefacientes para consumo personal. En total fueron cinco los vecinos demorados por circular con droga por el territorio gilense. Las detenciones comenzaron el viernes por la noche, cuando la Policía requisó un automóvil en las inmediaciones del peaje Villa Espil (Ver: Demoran a […]

Marihuana sustraída el fin de semana,

El fin de semana gilense tuvo como novedad diversas detenciones por tenencia de estupefacientes para consumo personal. En total fueron cinco los vecinos demorados por circular con droga por el territorio gilense.

Las detenciones comenzaron el viernes por la noche, cuando la Policía requisó un automóvil en las inmediaciones del peaje Villa Espil (Ver: Demoran a tres gilenses por tenencia de cocaína). Los tres vecinos de nuestra ciudad, que iban a bordo, tenían una cantidad menor de cocaína para su consumo.

El domingo a la madrugada, en la intersección de la calle 51 y RN. 7, otros dos ciudadanos gilenses fueron detenidos. Los sujetos de 17 y 21 años transitaban las calles con dos envoltorios que sumaban unos 50 gramos de marihuana. Ambos recuperaron su libertad tiempo después.

¿Qué dice la ley?

En Argentina desde la década del 90 rige la ley 23.737 contra los estupefacientes. La normativa vigente no establece una cantidad específica para el consumo personal como en otros países, situación que en la actualidad se encuentra en discusión.

En su mayoría, cuando los estupefacientes no se encuentran fraccionados y/o los individuos no son sospechados de comercialización, la tenencia puede caratularse como “consumo personal”. Esta excepción fue impuesta hace algunos años en nuestro país.

La Corte Suprema de Justicia de Argentina resolvió en 2009 declarar la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 14 de la ley de estupefacientes, que reprime la tenencia para consumo personal con pena de prisión de 1 mes a 2 años (sustituibles por medidas educativas o de tratamiento). Según la Corte la inconstitucionalidad del artículo es aplicable a aquellos casos de tenencia de estupefacientes para consumo personal que no afecten a terceras personas.

El reconocido “fallo Arriola” cambió la historia. Los criterios de cada juez definen el futuro de aquellas personas que tengan causas por tenencia de drogas. Desde el 2009 a la fecha, los fallos fueron muy diversos. Entre las absoluciones se destaca el caso de un masculino, sospechado de venta minorista, que fue encontrado con 700 gramos de marihuana. El sujeto fue puesto en libertad.

La estadística

Según un estudio del fiscal Federico Delgado, el 65 por ciento de las causas abiertas son por consumo personal de drogas y todas se archivan. Este trabajo también destacó que desde el 2014 el crecimiento de este tipo de detenciones se aproxima a un 70 por ciento por año.

En este marco el SEDRONAR dio a conocer un estudio sobre el consumo de estupefacientes en nuestro país. Tanto el consumo de marihuana, como el de cocaína, creció por encima del 100% comparando estadística del 2010 con censos del 2017.

 

 

 

 

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