Una resolución judicial reciente ha destrabado la implementación de la reforma laboral, la cual ya se encuentra en plena vigencia para todo el país. Esta normativa introduce ajustes estructurales que impactan directamente en la gestión de los recursos humanos y los derechos de los trabajadores.
Ayer, La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la medida cautelar interpuesta por la CGT que había suspendido la aplicación de más de 80 artículos de la reforma laboral.
Los pilares de la nueva normativa
- Indemnizaciones por despido: Se establece una redefinición en la base de cálculo. A partir de ahora, se limita a la remuneración mensual, normal y habitual, excluyendo pagos no mensuales como el aguinaldo (SAC) o las vacaciones. La indemnización se consolida como única compensación por despido, ajustándose los créditos laborales según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.
- Sistema de Vacaciones: Se ratifica el período habitual entre octubre y abril, pero se habilita a las partes a acordar fechas alternativas. Se permite el fraccionamiento del goce en segmentos no menores a siete días. Además, si las licencias no se otorgan de forma simultánea, el empleador deberá garantizar el descanso estival al menos una vez cada tres años.
- Banco de Horas: Se formaliza la posibilidad de pactar por escrito la compensación de horas extraordinarias. Este sistema permite alternar jornadas largas con otras más cortas, siempre que se respeten los topes semanales y los descansos mínimos de 12 horas entre jornadas. Estos convenios pueden contar con intervención sindical.
Otras modificaciones sustanciales
- Período de prueba: Se extiende a seis meses para la mayoría de los trabajadores, pudiendo llegar a los ocho meses en empresas que cuenten con una nómina de hasta cinco empleados. Durante este lapso, el empleador puede finalizar el vínculo sin costo indemnizatorio, cumpliendo con la debida registración.
- Regularización y multas: Se eliminan las sanciones previstas en la Ley 24.013 para casos de empleo no registrado. En su reemplazo, se crea un sistema de incentivos donde la regularización exime de multas al empleador, quien deberá, no obstante, abonar las diferencias salariales y previsionales pendientes.
- Fondos de Cese: Se introducen dos novedades: el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado por aportes patronales obligatorios para cubrir costos de desvinculación, y la posibilidad de que los convenios colectivos creen fondos de cese bajo un sistema de capitalización individual.
- Ejecución de sentencias: Se establecieron plazos para el pago de sentencias firmes. Las grandes empresas podrán cancelar los montos en hasta seis cuotas mensuales; mientras que las MiPyMES y empleadores individuales dispondrán de un plazo de hasta doce cuotas.





