Luego de ser analizado por la comisión de peticiones el proyecto de ordenanza que planteó en un principio prohibir las fiestas privadas fue aprobado por unanimidad anoche en el Honorable Concejo Deliberante. Los ediles acompañaron el dictamen de la comisión con importantes modificaciones, esencialmente en la concepción de dichos eventos.Los concejales realizaron una diferenciación entre fiestas privadas y públicas “disfrazadas de privadas”. La ordenanza regularía éstas últimas identificándolas como eventos con finalidad lucrativa y de convocatoria masiva. También hicieron hincapié en la reiterada utilización de inmuebles privados para este tipo de celebraciones.Los vecinos que quieran llevar a cabo un evento público en una propiedad privada lo podrán hacer pero respetando determinadas condiciones. El responsable no podrá organizar más de uno en el año, deberá avisar al municipio por nota 30 días antes y entregar información personal y del lugar en primer término.Entre otras solicitudes el organizador deberá detallar la cantidad de asistentes, un plano donde se visualice la ubicación de barras, salidas de emergencia y matafuegos. También tendrá que presentar un informe técnico de un profesional matriculado sobre la instalación eléctrica del lugar. En caso de convocar más de 400 personas será necesaria la contratación de un servicio de emergencias con ambulancia, seguridad privada y un seguro de responsabilidad civil.Para completar la habilitación el interesado debe abonar las tasas municipales correspondientes para la realización del evento y SADAIC. Por último necesitará contar con autorización para el expendio de bebidas y la habilitación estructural de Bomberos Luján.En caso de realizar el evento sin el visto bueno del municipio los responsables serán los organizadores, propietarios del lugar y/o padres de los menores involucrados. A su vez la policía podrá evacuar el lugar y realizar el posterior decomiso de la bebida alcohólica.En representación de la comisión, la legisladora de Cambiemos Mercedes Condesse dejó en claro que “no pueden prohibirse ni las fiestas públicas ni las fiestas privadas” ampliando que “en la medida que no lesionen derechos de terceros y que se manejen en la privacidad de su domicilio, hay legitimación total y absoluta”.La Dra. Condesse expresó que el fin del dictamen “es regular los eventos públicos con fines de lucro con una disposición local que establezca claramente cuáles son los requisitos, responsabilidades y las penalidades que se le van a imponer a quienes llevan a cabo este tipo de eventos sin la debida autorización”.Organizar una fiesta pública será tarea compleja en San Andrés de Giles. Además de resguardar el la seguridad de los vecinos, los ediles plantearon que la realización de estos eventos sin cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente es una competencia desleal a quienes realizan estas actividades comerciales.