Por Juan SofíaCronología 1814 – 18151814 La Asamblea concentra el poder ejecutivo en una sola persona: se nombra Director Supremo a G. A. de Posadas: simultáneamente se crea un Consejo de Estado para que asesore al ejecutivo.En la Banda Oriental, Artigas abandona con sus tropas el sitio de Montevideo.Se ordena la formación de una escuadra puesta a las órdenes de G. Brown; se ataca la isla de Martin García y se inicia el bloqueo naval de Montevideo.San Martin es designado gobernador de Cuyo; su plan; atacar el Perú cruzado los Andes y aliándose con Chile, Brown vence a la flota española que defiende Montevideo, cuya guarnición se rinde.Los españoles penetran en Salta; el ejercito del Norte se subleva en apoyo de su jefe Rondeau, cuando este es relevado y reemplazado por Alvear.Posadas renuncia a su cargo de Director; es sustituido por Alvear. Parten para Europa en misión diplomática. B. Rivadavia y M. Belgrano; su propósito: alcanzar un acuerdo honroso para el movimiento revolucionario.1815 Se inicia la tercera campaña al Alto Perú; en sus inicios se destacan los gauchos de Güemes que se perfilan como defensores de la frontera norte.Alvear envía un emisario (misión García) ante el embajador ingles en Rio solicitando la protección de Gran Bretaña.Artigas, designado comandante de campaña de la Banda Oriental y en pugna con Buenos Aires, suma adeptos en Entre Ríos y Corrientes. Alvear ordena combatir al caudillo oriental; pero las fuerzas que envía se sublevan en Fontezuelas. Falto de apoyo militar, el 15 de abril Alvear renuncia; para reemplazarlo se elige a Rondeau quien se halla en el Norte. Interinamente se designa a J. Álvarez Thomas. Disuelta la Asamblea, el nuevo Director convoca a elección de diputados para el Congreso que se reunirá en Tucumán.Congreso de Tucumán: materias a tratarNota de las materias de primera y preferente atención para las discusiones y deliberaciones del Soberano Congreso, presentada por los diputados Gazcón, Bustamante y Serrano.
Un manifiesto que exponga a la consideración de las provincias los espantosos males que han causado las divisiones de los pueblos, y las revoluciones fraguadas en el ardor de las pasiones; la inminencia de los riesgos y peligros y necesidades de la más estrecha unión, con un decreto general que establezca fuertes y rigorosas penas contra todo hombre que bajo cualquier pretexto en las ciudades, villas, campañas o ejércitos, quebrante el orden, atente o desobedezca a las autoridades.
Declaración o deslinde de las facultades del actual Soberano Congreso nacional constituyente, y tiempo de su duración.
Discusiones sobre la declaración solemne de nuestra independencia política (y) el manifiesto de dicha decisión. Iniciativa del Poder Ejecutivo para el envió de diputados a las cortes que se crean convenientes para tratar sobre el reconocimiento de aquella, como también a la de Roma para el arreglo de materias eclesiásticas y de religión.
Pactos generales de las provincias y pueblos de la Unión, preliminares a la constitución, y que en las circunstancias se estimen necesarios para consolidar dicha Unión.
Qué forma de gobierno sea más adaptable a nuestro actual estado, y mas conveniente para hacer prosperar las Provincias Unidas.
Decretada la forma, un proyecto de Constitución.
Plan de arbitrios permanentes para sostener la guerra por la libertad común mientras dure, y proporcionar armamento para las milicias nacionales, tales como el establecimiento de un banco, aumentando el valor de nuestra moneda, creación de una nueva u otros que se crean convenientes.
Nombramiento de una comisión compuesta de los mejores oficiales del estado para el arreglo de nuestro sistema militar, que abrace la fuerza veterana, la cívica y las milicias nacionales de cada provincia.
Arreglo de la marina según sus ramos; formación de ordenanzas de corso, habilitación de puertos, escuelas de náutica y matemáticas.
Arreglo de rentas generales del estado, confirmación, nueva creación o supresión de los empleados en este y demás ramos de publica administración; método, uniformidad y seguridad de aquéllas.
Establecimientos de una nueva casa de moneda en la ciudad de Córdoba solicitada por el gobierno de la provincia.
Establecimientos útiles de prosperidad general sobre educación, ciencias y artes, minería, agricultura, dirección y habilitación de caminos, y otros que permitan las circunstancias y actual estado de las provincias.
Arreglo de magistraturas, creación de las necesarias y supresión de las que no lo sean.
Demarcación de territorio; creación de ciudades y villas.
Arreglo de fondos y ramos municipales de cada pueblo.
El repartimiento de terrenos baldíos; aplicación o venta de las fincas de temporalidades a beneficio de la agricultura y aumento de los fondos del estado. La arreglada distribución a los naturales en plena propiedad de las tierras de comunidad con alguna habitación de las primeras herramientas para fomento de la labranza bajo un derecho moderado, que facilitando el reintegro de esta anticipación, ayude a sostener las cargas del estado.
Revisión general de todo lo dispuesto por la anterior asamblea constituyente desde el dia de su instalación hasta el de si disolución, para confirmar y llevar adelante todo lo que sea digno de aprobación, como igualmente la de todos los reglamentos expendidos por el Poder Ejecutivo.