En el marco de la legislación vigente, uno de los requisitos esenciales para que los menores puedan viajar solos, con alguno de sus padres, con familiares o amigos, es contar con una autorización escrita, medida que busca proteger el derecho de los niños, niñas y adolescentes y evitar posibles situaciones de sustracción o conflictos familiares relacionados con la responsabilidad parental.
La normativa argentina establece que, cuando un menor de 18 años de edad desea viajar fuera del país ya sea solo, o bien acompañado por solo uno de los padres bajo responsabilidad de un tercero, es imprescindible tramitar un permiso de parte de quien o quienes detentan la responsabilidad parental. Esa autorización, tiene como objetivo garantizar que consientan y explícitamente el viaje del niño, niña o adolescente.
El proceso para obtener esta autorización es relativamente sencillo, pero requiere atención al detalle y a los plazos, que aunque son cortos, difícilmente pueden cumplirse cuando el viaje es inminente. Los responsables del menor, que no lo acompañarán, deben firmar un documento ante un escribano público o juzgado competente, que certifique su consentimiento para el viaje.
Para su obtención, es necesario acudir a la notaría o al juzgado con originales y copias del documento nacional de identidad de los responsables, el menor, la partida de nacimiento o documento que acredite la responsabilidad, y en caso de ser pertinente, informar los datos de la persona que acompañará al menor.
Otro dato a tener en cuenta, es que la autorización puede realizarse de manera amplia de forma tal que pueda viajar solo a todos los países del mundo, hasta alcanzar la mayoría de edad y por cualquier medio de locomoción, o restringida, es decir, informando el viaje concreto que se realizará, considerando fechas, lugares, acompañantes, etc.
Es importante destacar que, si el menor viaja fuera de la provincia en la que se realiza la autorización o al exterior, el documento que realiza el escribano requiere la legalización del Colegio de Escribanos de la demarcación correspondiente, la que puede demorar unos días.
En los casos en los que uno de los responsables del menor se oponga al viaje, es posible que el otro deba recurrir a la justicia para obtener la autorización judicial correspondiente. Esto se debe a que, según la ley, el consentimiento de ambos padres es necesario para evitar disputas sobre la custodia o posibles situaciones de sustracción internacional.
En resumen, la autorización notarial de los escribanos es una herramienta legal indispensable para asegurar la protección de los derechos de los menores durante los viajes, evitando conflictos legales y garantizando que se respete la voluntad de ambos padres en situaciones de desplazamientos internacionales o interprovinciales.
Las autorizaciones para viajar también pueden hacerse en el juzgado.