Creemos que es importante informar que estos eventos y otros puede estar cubierto por una póliza de seguros, de esta forma el asegurado pueda resguardar su patrimonio ante la pérdida de un bien o cualquier reclamo latente por daños a terceros.
Los fuertes vientos pueden causar daños que están cubiertos en el seguro automotor, pero los mismos están condicionados por el alcance de la cobertura contratada. Uno de los casos seria el de la cobertura de daño total por accidente, que si el daño cumple con estas características, la Compañía indemnizara al asegurado para la reposición total del bien; y el otro caso sería el del daño es parcial, que solo se podrá cubrir con la contratación de una cobertura de todo riesgo, donde el asegurado deberá participar de una franquicia y el resto de los daños serán indemnizados por la Aseguradora para la reparación del vehículo.
Dentro del Seguro de hogar, primero debemos aclarar que se considera como vientos fuertes, el cual es un fenómeno atmosférico de gran intensidad que de acuerdo a su velocidad se clasifican como vientos fuertes cuando superan los 39km/h y temporal cuando superan los 75km/h. Estos pueden provocar tanto daños a la vivienda como al contenido, tanto los vientos como el granizo y otros eventos climáticos como HVCT (Huracán, Vendaval, Ciclón, Tornado) son situaciones contempladas en el seguro de Hogar, algunos como adicional.
Además, dentro del seguro de hogar, se pueden cubrir otros daños derivados de estas tormentas, como los daños por agua al edificio y al contenido, los daños a los electrodomésticos por rayo o diferencia de tensión y la perdida de alimentos refrigerados, cuando el corte de luz supero las 12hs, entre otros.
Esta cobertura que es común se incluya en la cobertura de Hogar o Integrales de Comercio, consiste el reemplazo de los cristales dañados por cualquier daño accidental como por ejemplo estos vientos, hasta la suma detalla en póliza, lo que genera un alivio financiero a la hora de la reposición.
Esta cobertura en el Seguro Automotor resulta esencial ya que nos protege antes daños a terceros en accidentes provocados por estos vientos fuertes, ya sea los causados por el propio vehículo o como la carga que puedan transportar. Por otro lado, tenemos las coberturas de Responsabilidad Civil hechos privados o comprensiva para viviendas particulares o riesgos comerciales, que serían esenciales en estas circunstancias de vientos fuertes, ya que ampara la eventual responsabilidad en caso de daños a terceros, por ejemplo, por la caída de árboles, carteles o similares o voladuras de techos. En estos casos esta cobertura actuara como protección por posibles demandas.
Cabe destacar la importancia del buen asesoramiento a la hora de contratar el seguro, y que siempre sea a través de un Productor Asesor de Seguros, quien es la parte idónea, entre la Compañía y el asegurado, y cumple un papel importante en la gestión del siniestro y su resolución.
Lic. Sebastián M. Belloni.
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