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Poda de árboles en Giles: ¿se respeta la ordenanza?

Existe una reglamentación que regula las podas. Sin embargo, muchos vecinos desconocen que se necesita una autorización.

Por la llegada del otoño el municipio informó sobre la normativa vigente en San Andrés de Giles respecto a la poda de árboles. El ingeniero Forestal Municipal José Luis Ponti explica que en nuestra ciudad está muy arraigada la idea de podar libremente sin pedir autorización ni medir las consecuencias de esta acción. Sin embargo está práctica está prohibida por la ordenanza 1.63 para proteger el arbolado urbano.

Ponti explica los motivos de esta prohibición: “Cuesta darnos cuenta pero las heridas abiertas por poda no cicatrizan y puede ser un ingreso de patógenos, hongos, bacterias que degradan la madera del árbol y pueden provocar pudriciones internas”.

No obstante, hay condiciones que hacen necesaria la poda, por ejemplo si las ramas alcanzan el cableado aéreo, o una extracción de un árbol por producir roturas de caños de agua corriente u otras causas. En esos casos, el vecino deberá concurrir a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en la Municipalidad, Moreno 338, de lunes a viernes, de 07:00 a 14:00 horas. Allí deberá llenar un formulario con la solicitud y explicar cuál es su necesidad. El Ingeniero concurrirá al lugar donde está el árbol y hará un informe autorizando o no el pedido, según corresponda.

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