La Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires le dio media sanción al proyecto que busca prohibir la conducción con alcohol en sangre. La propuesta fue votada posivitivamente por todos los legisladores, incluido el gilense Facundo Ballesteros.
“En nuestros hospitales ingresan un montón de heridos productos de accidentes que se podrían evitar; uno de cada cuatro tiene presente el consumo de alcohol, y muchos son jóvenes” – expresó la vicepresidenta de la Comisión de Transporte, Sofía Vannelli, a la hora de tomar la palabra – “quien sostuvo que “la seguridad vial a partir de hoy da un puntapié muy grande porque arranca una construcción muy fuerte, con un estado presente y con un rol fiscalizador de la mano de los municipios”.
Actualmente, el nivel de alcohol máximo permitido para los conductores es de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre. En el caso de que la Cámara de Diputados apruebe el proyecto, quedará , “prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre una alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre. Así también está prohibido conducir a quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que la Autoridad de aplicación, con intervención del Ministerio de Salud, determine como capaces de disminuir la aptitud para conducir”.
La iniciativa, incluye la creación del Fondo para el Financiamiento de Prevención, Capacitación y Control; y contempla penalidades por infringir la ley, que incluyen desde arresto hasta la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir. Por otro lado, prevé que los infractores afronten una multa o la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación.
En San Andrés de Giles, ya hay una ordenanza que prohíbe manejar con alcohol en sangre. Fue aprobada en la sesión legislativa del 7 de junio con el voto de todos los concejales.
La normativa local marca que, si el conductor tiene entre 0,2 y un gramo, recibirá una multa de 300 unidades fijas. El valor de las unidades fijas es equivalente al precio de medio litro de la nafta de mayor octanaje. Cuando se supere el gramo, el castigo ascenderá a 600 unidades fijas.