Este mediodía el Gobierno de la Provincia presentó oficialmente la guía de implementación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Luego de aprobarse la nueva ley, el derecho se hará efectivo desde el 24 de enero. En conferencia de prensa, el Ministro de Salud de la Provincia, Daniel Gollán junto a Estela Diaz, Ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Provincia explicaron cómo será la aplicación de la nueva norma.La Guía está dirigida a todo el personal de salud, como así también a funcionarias y funcionarios públicos de la provincia de Buenos Aires, con el objetivo de orientar las prácticas del equipo de salud en la atención y cuidado de las personas en situación de interrupción del embarazo y postaborto en el marco de la nueva ley promulgada el 14 de enero pasado.Daniel Gollán sostuvo que esta guía forma parte de un proyecto sanitario que busca “construir un mejor sistema de salud para garantizar una mejor salud para todos los argentinos y argentinas”. Además aseguró que de ahora en más el sistema sanitario de la provincia de Buenos Aires “va a dar respuesta a todas las mujeres que en el marco que establece la ley quieran interrumpir su embarazo. Hoy tenemos más derechos, hoy tenemos que estar felices.”Para aplicar la nueva norma desde el gobierno bonaerense ampliaron los stocks de misoprostol en los hospitales, ya que la enorme mayoría de los abortos hasta la semana 14 de embarazo (el límite establecido) se realizan con este medicamento.Según la guía de implementación, “el personal de salud debe garantizar y respetar condiciones mínimas en la atención del aborto y del postaborto, que incluyen los principios de: trato digno, privacidad, confidencialidad, autonomía de la voluntad, acceso a la información amplia, adecuada y de calidad”.Además, las autoridades públicas y el personal de salud en general tienen la obligación de brindar información sobre el derecho al aborto y las formas de acceder. Esta atención de salud deberá ser integral y contar con la Consejería en derechos, para acompañar a la persona en la toma de decisiones autónomas brindándole información adecuada para evaluar entre las diferentes posibilidades, ya sea continuar con el embarazo o interrumpirlo. La guía aclara que “esta información debe ser laica, científicamente validada, ser oportuna y expresada en términos sencillos”.En el caso que la persona decida interrumpir el embarazo, se necesitará determinar la edad gestacional a través de una ecografía. Si la gestación es de hasta 14 semanas, se deberá garantizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo. La guía detalla que las gestaciones de hasta 12 semanas se podrá realizar el procedimiento de forma ambulatoria. En gestaciones de 13 y 14 semanas será aconsejable que el procedimiento sea con internación.La guía también hace hincapié en la atención posaborto, es decir, la asistencia y cuidado luego de la interrupción del embarazo. “Es de fundamental relevancia, ya que mediante estas intervenciones se puede disminuir la morbilidad y mortalidad prevenible”, sostiene el documento.Respecto a la objeción de conciencia, la guía establece que “su ejercicio está limitado a profesionales de la salud que intervienen de forma directa en el procedimiento de interrupción del embarazo, no es factible que otro personal de salud apele a esta excepción”. Esto quiere decir que no podrán negarse los profesionales que realicen ecografías o los cuidados post aborto.En el caso de la objeción de conciencia, se debe garantizar inmediatamente la atención y la realización de la práctica que tiene un plazo de 10 días de corrido a partir de su solicitud. “En ningún caso el ejercicio de la objeción de conciencia debe impedir ni obstaculizar el ejercicio de derechos por parte de las personas gestantes”, sostiene la guía.También confirma que habrá sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles para los profesionales que impidan el acceso a este derecho. Por ejemplo, obstaculizar, dilatar o negar la interrupción del embarazo requerida podrá ser penado con sanciones como la inhabilitación o prisión de 3 meses a un año. También afirma que “provocar interrupción con o sin consentimiento de la persona gestante fuera del marco normativo vigente dará lugar a penas de 3 meses a 10 años de prisión”.Sobre esto, la Ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad bonaerense, Estela Diaz, dijo que durante años hubo hospitales que funcionaban como “obstaculizadores” perpetuando el “maltrato institucional” que sufrían las personas que se acercaban para acceder a la Interrupción Legal del Embarazo por las causales de violación o riesgo de vida de la embarazada. “A muchas las obligaban a llevar la gestación hasta el final, eso es tortura, sometimiento y padecimiento hasta en los casos más extremos”, afirmó.También aseguró que su Ministerio trabaja junto a la Justicia para que las miles de mujeres que fueron perseguidas judicialmente por abortar, sean rápidamente sobreseídas. Además dijo que esta guía es un gran desafió para la atención primaria de la salud, ya que en su mayoría es una práctica ambulatoria. “Desde el ministerio de las mujeres nos vamos a poner a trabajar en conjunto con mesas locales, ámbitos en los que estamos articulando, organizaciones sociales que han sido protagonistas de dar pelea cuando de esto no se hablaba”.En conclusión, Diaz sostuvo que “estamos en una transformación gigantesca de la historia en términos de justicia social, la ley que nos criminalizaba y nos humillaba en la clandestinidad, era una ley patriarcal y desigualadora, por lo tanto vivimos ahora en una sociedad que es mejor”.